El Ayuntamiento de Puente Genil y el Instituto Nacional de la Seguridad Social han acordado agilizar la tramitación del Ingreso Mínimo Vital y evitar que la ciudadanía tenga que presentar el certificado de empadronamiento para la tramitación de las ayudas. Así, a partir de hoy, para tramitar el IMV no será necesario acudir a la Oficina Municipal de Estadística para solicitar el certificado de empadronamiento, ya que será el propio Ayuntamiento quien facilite esta información directamente al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.

El Ayuntamiento de Puente Genil y el Instituto Nacional de la Seguridad Social han acordado agilizar la tramitación del Ingreso Mínimo Vital y evitar que la ciudadanía tenga que presentar el certificado de empadronamiento para la tramitación de las ayudas. Así, a partir de hoy, para tramitar el IMV no será necesario acudir a la Oficina Municipal de Estadística para solicitar el certificado de empadronamiento, ya que será el propio Ayuntamiento quien facilite esta información directamente al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.