Consulta previa a la elaboración de ordenanzas o reglamentos

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de la ciudadanía, las personas y las organizaciones afectadas en el procedimiento de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos. Este artículo dispone que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se llevará a cabo una consulta pública a través del portal web, en la que se solicitará la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

¿Cómo funciona la consulta pública previa a la elaboración de ordenanzas y reglamentos en el Ayuntamiento de Puente Genil?

Cuando el Ayuntamiento de Puente Genil tiene la intención de elaborar o modificar una norma, publica un anuncio de consulta pública previa en el Tablón de edictos de la sede electrónica.

Las sugerencias u observaciones que se deseen aportar al respecto podrán ser enviadas dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la aprobación de la consulta previa a la elaboración o modificación de una ordenanza o reglamento.

Para recoger dichas propuestas, opiniones o sugerencias el Ayuntamiento ha habilitado un trámite en su Sede electrónica.

Tambien se pueden enviar las propuestas al Ayuntamiento de Puente Genil a través del Registro General de Entrada de documentos para asegurar su correcta identificación y garantizar que se presenten dentro de los plazos establecidos.

Presencialmente: Puede encontrar el Registro General de Entrada de Documentos en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro ubicada en C\ Don Gonzalo nº 2 de Puente Genil.

Por Internet: Si prefiere enviar su solicitud a través de Internet, puede hacerlo utilizando el trámite Consulta Pública Previa disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Puente Genil. Para identificarse en el portal de la sede electrónica será necesario disponer de un sistema de identificación válido. Puede utilizar Cl@ve o un certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

Con la entrada en vigor de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas jurídicas (entidades, asociaciones, etc.) están obligadas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Para ello, es necesario disponer de un certificado electrónico de la entidad.