El proyecto, aprobado por unanimidad en el Pleno de diciembre, impulsará la empleabilidad juvenil
Los profesionales se centrarán durante un año en tareas sobre caminos rurales, inventarios y sistemas de información
El Ayuntamiento de Puente Genil incorporará a cuatro ingenieros a su plantilla municipal a través del programa Emplea-t de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía dirigido a jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil para el fomento de la empleabilidad durante un año en el caso del Consistorio pontanés.
El concejal delegado de Presidencia, Desarrollo Económico, Empleo, Patrimonio y Cementerio, Javier Villafranca, ha destacado el consenso alcanzado el pasado mes de diciembre por todos los grupos políticos con representación en el Pleno para aprobar la adhesión del Consistorio a este plan del Gobierno andaluz.
“El objetivo es doble: por un lado, reforzar áreas en las que el Ayuntamiento tiene una especial necesidad, y por otro, fomentar la empleabilidad juvenil mediante tutorización y acompañamiento”, ha añadido el concejal popular. “Es una muy buena noticia, ya que estos jóvenes participarán en proyectos importantes para el municipio y en los que el Ayuntamiento está necesitado de estos perfiles profesionales”, asegura.
El Plan Emplea-t contará con un presupuesto total de 256.000 euros, de los cuales la Junta de Andalucía aportará 104.000 euros, mientras que el Ayuntamiento asumirá un gasto de personal estimado en 152.000 euros. Los cuatro ingenieros se centrarán en aspectos como la mejora de caminos rurales, la actualización de inventarios de activos técnicos municipales y el perfeccionamiento de los sistemas de información geográfica.
De esta manera, el Ayuntamiento de Puente Genil continúa trabajando por el desarrollo económico y la empleabilidad al haber iniciado recientemente su ejercicio profesional varios trabajadores contratados a través del Plan Andalucía Activa de la Junta de Andalucía. Así, el Consistorio sigue reforzando su compromiso con el bienestar de la ciudadanía y el futuro de los y las jóvenes pontanenses.
¿Qué requisitos debes reunir para ser una de las personas seleccionadas?
El PROGRAMA EMPLEA-T, en su Línea 7, tiene por objeto el fomento del empleo de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil para fomentar el empleo mediante la adquisición de experiencia laboral directamente relacionada con su titulación al finalizar su etapa educativa, proporcionando las competencias profesionales necesarias para la mejora de su empleabilidad, a través del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.
Las ocupaciones demandadas por el Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil serán las siguientes:
Código ocupación | Puesto de trabajo | Nivel de estudios | Contratos | Duración |
24311054 | Ingenieros de mantenimiento y reparación | Grado Universitario Ingeniería eléctrica | 2 | 12 meses |
24321011 | Ingenieros en construcción y obra civil | Grado Universitario Ingeniería Civil | 2 | 12 meses |
Requisitos:
- Personas jóvenes menores de 30 años.
- Estudios finalizados en los últimos 3 años en la titulación mencionada.
- Estar inscrito/a en el Sistema de Garantía Juvenil.
- Estar inscrito/a como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo en las ocupaciones mencionadas.
Selección:
Conforme al Artículo 29 de las Bases Reguladoras establecidas en la Orden de 3 de octubre de 2024, la selección de las personas a contratar se realizará mediante oferta que se presentará ante el Servicio Andaluz de Empleo, que preseleccionará conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, dos personas candidatas por cada puesto de trabajo solicitado, si las hubiere, que a la fecha del mecanismo de búsqueda de candidaturas cumplan los requisitos previstos en el artículo 26, el perfil requerido para el puesto y estén disponibles.
El Servicio Andaluz de Empleo preseleccionará, conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, dos personas candidatas por cada puesto de trabajo solicitado, si las hubiere, que a la fecha del mecanismo de búsqueda de candidaturas cumplan los requisitos previstos en el artículo 26, el perfil requerido para el puesto y estén disponibles, de acuerdo con los siguientes criterios de prelación:
1. En primer lugar, las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas que no sean beneficiarias de ninguna prestación ni subsidio.
2. En segundo lugar, las personas beneficiarias del ingreso por Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, de acuerdo con el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, las personas perceptoras de subsidios por desempleo, Renta Activa de Inserción (RAI) regulada por el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo y renta agraria, regulada mediante el Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, por el que se regula la renta agraria para los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
3. En tercer lugar, las personas beneficiarias de prestación contributiva por desempleo.
En caso de empate, las candidaturas se ordenarán atendiendo a:
– En primer lugar, a la residencia en el municipio de Puente Genil.
– En segundo lugar, al Área Territorial de Empleo de Puente Genil.
– En tercer lugar, a la fecha de solicitud de ocupación, de la más antigua a la más reciente.
– En cuarto lugar, a la fecha de inscripción como demandantes de empleo no ocupadas, de la más antigua a la más reciente.
– En última instancia, a la mayor disponibilidad para el empleo.
En aplicación de todos estos criterios, el Ayuntamiento recibirá del Servicio Andaluz de Empleo -en cada una de las ofertas cursadas- relación ordenada de aspirantes, resultado de esta prelación.
Atendiendo a esta relación nominal ordenada, y dado que no existe en la normativa reguladora ningún requisito respecto al procedimiento a contemplar en la selección última de las personas a contratar, más allá de esta tramitación de Oferta al Servicio Andaluz de Empleo, el Ayuntamiento aplicará el mismo orden de prelación recibido, entendiendo que éste obedece a la aplicación de criterios objetivos y directamente relacionados con el empleo y la disponibilidad de los candidatos.
El Ayuntamiento se limitará a la oportuna comprobación de que los candidatos cumplen -a fecha de contratación- de los requisitos de edad, formación ajustada al/los puesto/s y que son beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil.
Siendo aceptado el puesto de trabajo, será seleccionado para la contratación el primero de los candidatos remitidos.