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LA GESTIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA EN PUENTE GENIL
La Ley 11/2003, de Protección de los Animales, establece que corresponde a los Ayuntamientos la recogida de los animales abandonados y perdidos, así como de los cedidos por sus dueños, debiendo de hacerse cargo de ellos por un periodo de 10 días, tras el cual podrán ser sacrificados o dados en adopción a terceros.
La prestación de este servicio público puede realizarse mediante gestión directa con personal propio de los Ayuntamientos o puede ser externalizada mediante contratación de empresas capacitadas para esta tarea, que cumplan los requerimientos legales establecidos en la propia ley 11/2003 y demás normativa de aplicación.
En el caso de Puente Genil, desde el Ayuntamiento a través de Egemasa se ha externalizado la prestación del Servicio Integral de Recogida y albergue de Animales de compañía mediante la licitación del servicio mediante un procedimiento negociado sin publicidad, resultando adjudicataria la empresa Cremasco S.L.L.. Esta empresa es la que presta el servicio de recogida de animales en nuestra localidad desde mediados de julio de 2014.
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES
Este servicio consiste en:
• Captura de animales abandonados y perdidos que deambulen por el término municipal de Puente Genil.
• Recogida en domicilio de animales entregados por sus propietarios. Esto se hará sin coste alguno para los propietarios, siempre y cuando los animales se entreguen en las condiciones establecidas en la ley 11/2003 (vacunados, desparasitados y microchipados).
• Recogida y mantenimiento de los animales decomisados por la Policía Local en el ejercicio de sus funciones.
• Transporte de los animales recogidos y capturados hasta el centro o refugio habilitado para su custodia
• Mantenimiento de los animales durante los plazos establecidos en la ley 11/2003 y prestación de las atenciones veterinarias necesarias que correspondan.
• Devolución de animales perdidos a sus respectivos propietarios, que dispondrán de cinco días para recoger a los animales una vez que haya sido notificada la presencia de éstos en el centro (según lo dispuesto en la ley 11/2003).
• Cesión de animales por adopción a nuevos propietarios, una vez cumplidos los plazos establecidos en la ley 11/2003. Los animales son cedidos, conforme a lo establecido en la ley 11/2003, microchipados, vacunados, desparasitados y en su caso esterilizados, sin perjuicio de lo establecido al respecto en la normativa de animales potencialmente peligrosos.
FRECUENCIA DEL SERVICIO
El servicio de recogida en nuestro municipio se viene llevando a cabo todos los miércoles en horario de mañana, si bien al tratarse de un servicio de 24 horas los 365 días del año, la empresa está a disposición del Ayuntamiento en todo momento para la atención de las urgencias, entendiéndose por tales:
• Presencia de un animal de raza potencialmente peligrosa, según la normativa en vigor, en la vía pública y sin dueño conocido.
• Presencia de animales que hayan atacado a personas u otros animales o incluso animales agresivos en la vía pública que pudieran ocasionar riesgo para las personas u otros animales, aunque no hubiesen atacado.
• Animal herido o enfermo (o parto) en la vía pública
¿QUÉ HACER SI ENCONTRAMOS UN ANIMAL ABANDONADO O PERDIDO?
Esta circunstancia podrá ser comunicada al Ayuntamiento mediante alguna de las siguientes vías:
• Llamada telefónica a Egemasa: 957609000
• Llamada telefónica a la Policía local: 957606875
• Comunicación a través de Línea Verde: http://lineaverdepuentegenil.com/
Desde Policía Local se valorará si el aviso es objeto de urgencia y en caso afirmativo se cursará parte inmediatamente a la empresa adjudicataria del servicio, que actuará en un periodo no superior a 90 minutos.
Para los casos no urgentes, por parte de egemasa, se cursa semanalmente parte de trabajo a Cremasco con los últimos avisos recibidos.
¿QUÉ HACER SI QUEREMOS ENTREGAR A NUESTRA MASCOTA?
En estos casos el propietario/a podrá comunicarlo a Egemasa, donde se le tomará nota de sus datos personales y de los del animal a recoger y se cursará aviso a la empresa Cremasco que pasará por el domicilio del solicitante el miércoles inmediatamente posterior al aviso.
El animal deberá estar microchipado, vacunado, desparasitado y con el pasaporte al día tal como establece la ley 11/2003.
¿QUÉ HACER SI QUEREMOS ADOPTAR A UN ANIMAL?
En estos casos se podrá llamar a Egemasa donde se les facilitarán los datos de contacto de la empresa Cremasco con la que podrán concertar cita y ver los animales disponibles para adopción.