Proyectos Normativos en Tramitación

Última actualización: 12/06/2025

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, la aprobación de las normas municipales se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. a) Aprobación inicial por el Pleno.
  2. b) Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
  3. c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno.
  4. d)Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia

 En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.